Solo si han sido refrigerados correctamente, no han superado 24-48 horas desde su elaboración y alcanzan una temperatura mínima de 74 °C en el centro del alimento. Recalentamientos múltiples o inadecuados pueden aumentar el riesgo de intoxicación alimentaria.
¿La normativa sectorial sobre sílice cristalina es obligatoria en industrias no extractivas?
En industrias extractivas, la Orden ITC/2585/2007 es de aplicación directa. En otros sectores, se aplica supletoriamente la normativa general: LPRL,...



