No. La legislación española exige una formación específica y actualizada para estos puestos. La formación general en maquinaria no cubre adecuadamente los riesgos derivados de la programación, mantenimiento o uso de PLCs y sistemas robotizados, según el artículo 19 de la Ley 31/1995 y el artículo 5 del RD 1215/1997.
¿Cuándo se considera que hay negligencia del técnico de prevención?
Cuando no adapta la formación a los riesgos específicos del puesto, no la actualiza, la ofrece de forma meramente formal o no documenta...



