No. La jurisprudencia, como la Sentencia del TSJ de Andalucía nº 1771/2024, señala que la existencia de documentos no exime al empresario: debe garantizar una protección real y efectiva de los trabajadores.
Hiperconectividad laboral: por qué se ha normalizado y cómo gestionarla desde la prevención de riesgos
La expansión de las tecnologías digitales y del trabajo híbrido ha traído ventajas innegables: mayor autonomía para decidir dónde y cuándo trabajar, más posibilidades...





