No. La claridad normativa y la inclusión explícita en el RD 664/1997 refuerzan la plena aplicabilidad de la normativa general y específica, independientemente de la existencia de jurisprudencia directa.
¿Cuáles son las condiciones para extinguir el contrato por incapacidad permanente?
La extinción solo es válida si se cumple al menos una de estas condiciones: • No pueden hacerse ajustes razonables. • No hay puestos vacantes...



