No. La claridad normativa y la inclusión explícita en el RD 664/1997 refuerzan la plena aplicabilidad de la normativa general y específica, independientemente de la existencia de jurisprudencia directa.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



