No. La claridad normativa y la inclusión explícita en el RD 664/1997 refuerzan la plena aplicabilidad de la normativa general y específica, independientemente de la existencia de jurisprudencia directa.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



