Sí. La Orden TES/1180/2020 incorporó el SARS-CoV-2 como agente biológico en el RD 664/1997. Esto obliga a evaluar el riesgo de contagio y aplicar medidas preventivas específicas, como el uso de EPIs, formación y organización segura del trabajo.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



