Sí. Debe elaborar una política interna, previa consulta con la representación legal de los trabajadores, que regule cómo se ejercerá este derecho y que incluya medidas de formación y sensibilización.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



