Sí. Según la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el RD 773/1997, el empresario no solo debe proporcionar los EPIs adecuados, sino también velar activamente por su uso correcto. Esta obligación está respaldada por jurisprudencia como la sentencia del TSJ de Castilla y León nº 693/2021.
¿Qué ocurre si falta algún elemento esencial en el informe técnico preventivo?
La falta de identificación de riesgos, de medidas preventivas reales, de seguimiento o de adaptación a los cambios puede ser interpretada por los...



