No. En la venta profesional de alimentos a granel (pan, bollería, frutas, frutos secos, etc.), el uso de guantes o pinzas es obligatorio para garantizar la inocuidad del alimento. Manipular con las manos desnudas incumple las buenas prácticas de higiene y puede acarrear sanciones administrativas.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



