No. En la venta profesional de alimentos a granel (pan, bollería, frutas, frutos secos, etc.), el uso de guantes o pinzas es obligatorio para garantizar la inocuidad del alimento. Manipular con las manos desnudas incumple las buenas prácticas de higiene y puede acarrear sanciones administrativas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



