No. El uso del EPI es obligatorio cuando el riesgo no puede evitarse por otros medios. Rechazarlo sin justificación técnica puede ser considerado incumplimiento laboral.
¿Qué normativa de prevención de riesgos laborales se aplica a las cadenas de tiendas y establecimientos minoristas?
Se aplica el marco general de la Ley 31/1995 (LPRL), junto con reglamentos específicos como el RD 486/1997 (lugares de trabajo), RD 488/1997...



