Sí. La Ley 14/1994 y el RD 216/1999 prohíben el uso de contratos de puesta a disposición en trabajos con exposición a productos CMR, por su especial peligrosidad.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.