Sí. Sentencias como la del TSJ de Castilla y León nº 357/2021 y TSJ de Comunidad Valenciana nº 485/2021 reconocen que las plataformas elevadoras implican riesgos de caída y exigen una evaluación específica, formación y medidas técnicas.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



