Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué deben hacer las empresas cosméticas o farmacéuticas para cumplir con la normativa de PRL?
Deben realizar una evaluación de riesgos detallada, identificar la presencia de agentes peligrosos, aplicar las medidas de prevención de los reales...



