Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Es obligatorio identificar el lugar donde se teletrabaja?
Sí. Según la Ley 10/2021, debe especificarse en el acuerdo de teletrabajo, ya que la evaluación de riesgos y las medidas preventivas se aplican a...



