Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué consecuencias puede tener para un técnico de prevención una formación inadecuada detectada por la Inspección?
Aunque no reciba una sanción directa, el técnico puede enfrentar consecuencias civiles (por daños y perjuicios) o laborales (medidas disciplinarias...



