Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿La falta de normativa sectorial específica exime al empresario textil de sus obligaciones en prevención?
No. La LPRL actúa como norma de mínimos y supletoria. La empresa está igualmente obligada a garantizar una protección eficaz, incluso sin una norma...



