Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué tipo de responsabilidad tiene la empresa ante un accidente por caída en altura?
La responsabilidad del empresario es objetiva y no se elimina por imprudencias no temerarias del trabajador. La empresa debe prever y mitigar...



