Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué normas complementan al RD 664/1997 en materia de riesgos biológicos?
RD 39/1997 (Servicios de Prevención), RD 773/1997 (EPI), RD 1299/2006 (enfermedades profesionales), RD 487/2022 (legionelosis) y RD 1054/2002...



