Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué jurisprudencia apoya la exigencia de PRL en este sector?
La Resolución AEPD PS-00541-2022 refuerza la necesidad de coordinación en entornos con múltiples empresas, y el RD-ley 4/2023 exige expresamente...



