Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué obligaciones mínimas impone el RD 374/2001 frente a agentes químicos peligrosos?
Evaluación de riesgos, medidas técnicas y organizativas, limitación de la exposición, vigilancia de la salud, información y formación específicas y...



