Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué consecuencias legales tiene no impartir formación suficiente y adecuada en prevención de riesgos?
Puede dar lugar a sanciones administrativas y responsabilidad empresarial en caso de accidente laboral, incluso si se cumplen otras exigencias...



