Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué valor tiene la conducta preventiva previa de la empresa en caso de accidente?
Si demuestra que había un plan preventivo eficaz, formación impartida y medidas adoptadas, puede servir como atenuante o eximente parcial de...



