Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Está obligada la empresa a formar a técnicos de laboratorio o de calidad si trabajan cerca de sustancias peligrosas?
Sí. Si hay exposición real o potencial, la empresa debe garantizar su formación en prevención de riesgos, aunque no manipulen directamente los...