Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué puede hacer el trabajador si la empresa no adapta el puesto o no toma medidas preventivas suficientes?
Puede reclamar ante la Inspección de Trabajo, presentar denuncia o recurrir judicialmente, pudiendo derivarse responsabilidades administrativas,...