Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué pasa si el convenio colectivo del sector está desactualizado?
Aunque esté desactualizado, sus condiciones pueden aplicarse como parte del contrato de trabajo. Además, la evaluación de riesgos debe actualizarse...