Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece el marco general, y el Real Decreto 1627/1997 desarrolla de forma específica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Esta normativa impone obligaciones diferenciadas a promotores, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
¿Qué dice la jurisprudencia sobre la aplicación de la normativa general a estas máquinas?
El TSJ de Galicia (06/10/2022, nº 4512/2022) y el TSJ de Madrid (21/02/2022, nº 134/2022) confirman que el RD 1215/1997 y la LPRL se aplican a...