Sí. El marco legal español incluye la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y una batería de Reales Decretos específicos como el RD 614/2001 (riesgo eléctrico), RD 681/2003 (atmósferas explosivas), RD 374/2001 (agentes químicos), y RD 1215/1997 (equipos de trabajo).
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



