No existe una ley sectorial exclusiva para el comercio. Sin embargo, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo son plenamente aplicables a todas las actividades comerciales, tanto al por menor como al por mayor.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



