No existe una normativa sectorial exclusiva, pero la industria cosmética y farmacéutica está sujeta a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y a varios reales decretos sobre agentes químicos, biológicos, cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



