No existe una normativa sectorial exclusiva, pero la industria cosmética y farmacéutica está sujeta a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y a varios reales decretos sobre agentes químicos, biológicos, cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



