No hay una norma que mencione de forma exclusiva a los laboratorios de microbiología industrial, pero están plenamente cubiertos por el Real Decreto 664/1997, que regula la protección frente a la exposición a agentes biológicos en el trabajo.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



