Sí. El Real Decreto 664/1997 es la norma central específica y se complementa con la Ley 31/1995 (LPRL) y abundante jurisprudencia reciente (TS y TSJ) que exige su aplicación estricta.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



