Sí. El Real Decreto 664/1997 es la norma central específica y se complementa con la Ley 31/1995 (LPRL) y abundante jurisprudencia reciente (TS y TSJ) que exige su aplicación estricta.
¿Qué ocurre si falta algún elemento esencial en el informe técnico preventivo?
La falta de identificación de riesgos, de medidas preventivas reales, de seguimiento o de adaptación a los cambios puede ser interpretada por los...



