No existe una norma exclusiva para este sector, pero se aplica la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y los convenios colectivos sectoriales de mensajería, transporte y logística.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



