No. Actualmente no hay una legislación o reglamento exclusivo para el sector textil y confección. Sin embargo, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) es plenamente aplicable y exigible en este sector.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



