No exclusiva. Se aplica la LPRL, el RD 39/1997 y el RD 1215/1997, que obligan a evaluar y controlar estos riesgos.
¿Quién debe interpretar y concretar estas obligaciones ante la falta de detalle normativo?
Las autoridades nacionales y las propias empresas, aplicando de forma proactiva las directrices europeas y organismos especializados en SST.



