Sí. La legislación española establece obligaciones claras para trabajos en espacios confinados. Destaca el artículo 22 bis del Real Decreto 39/1997, que define qué es un espacio confinado y exige la presencia de recursos preventivos durante estas tareas, debido a su alta peligrosidad.
Viajes de trabajo: ¿estamos evaluando realmente sus riesgos?
No todas las actividades laborales se desarrollan en el centro de trabajo. Reuniones comerciales, visitas a clientes, supervisiones de obra, asistencia a ferias,...





