Sí. España cuenta con un régimen legal específico, detallado y reforzado para trabajos en explotaciones subterráneas. Las principales normas son el Real Decreto 863/1985, el RD 1389/1997, el RD 1215/1997, la Ley 31/1995 de PRL, y normativas autonómicas como la Ley 1/1997 de Asturias.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



