No existe normativa sectorial específica, pero estas actividades están cubiertas por la normativa general, especialmente la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, y por leyes autonómicas de puertos que remiten a dicha normativa.
¿Puede un trabajador negarse a recibir la formación preventiva obligatoria?
No, es un deber legal. La negativa puede dar lugar a sanción disciplinaria, siempre que la empresa haya informado y facilitado correctamente la...



