No existe normativa sectorial específica, pero estas actividades están cubiertas por la normativa general, especialmente la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, y por leyes autonómicas de puertos que remiten a dicha normativa.
¿Qué defensa puede alegar la empresa ante una reclamación por exposición al sílice?
Puede argumentar que adoptó todas las medidas preventivas exigidas y que no hubo exposición significativa o fue ocasional. Pero debe acreditarlo con...



