Sí. La Ley 7/2023 establece la obligación de garantizar una cobertura suficiente por accidentes, incluso para menores que no tengan edad legal para trabajar, reforzando así la obligación preventiva.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...