No. La normativa general de prevención no establece un intervalo fijo (2, 3 o 5 años); la periodicidad depende de la evaluación de riesgos y de si han cambiado los equipos, procedimientos o riesgos.
¿Qué dice la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 05-03-2024, nº 418/2024) sobre estos riesgos?
Confirma la aplicación del RD 664/1997 a cualquier actividad con riesgo biológico y recuerda el deber empresarial de adoptar medidas necesarias de...



