No. La normativa general de prevención no establece un intervalo fijo (2, 3 o 5 años); la periodicidad depende de la evaluación de riesgos y de si han cambiado los equipos, procedimientos o riesgos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



