No hay una norma exclusiva para “redes de aire comprimido a alta presión”. Se aplica el marco general: Ley 31/1995 (LPRL), Real Decreto 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención) y Real Decreto 1215/1997 (equipos de trabajo), que obligan a evaluar y controlar estos riesgos de forma específica.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



