No. La normativa general (LPRL y RD 1215/1997) impone obligaciones claras. La falta de regulación específica no reduce el estándar de diligencia exigido, como ha confirmado el TSJ de Galicia en la sentencia 2697/2025.
¿Qué es un riesgo residual?
Es el nivel de riesgo que aún queda tras aplicar todas las medidas de prevención razonables. Debe ser gestionado y comunicado.