No. La normativa general (LPRL y RD 1215/1997) impone obligaciones claras. La falta de regulación específica no reduce el estándar de diligencia exigido, como ha confirmado el TSJ de Galicia en la sentencia 2697/2025.
¿Cómo debe evaluarse el riesgo por agentes químicos según el artículo 3.1 del RD 374/2001?
Primero identificar si existen agentes químicos peligrosos; si los hay, evaluar los riesgos conforme al art. 16 LPRL y al Reglamento de los...