Sí. Según el RD 130/2017 y la LPRL, es obligatorio consultar y formar tanto a trabajadores propios como externos, cuando se elaboren o modifiquen los procedimientos de actuación preventiva.
¿Qué tipos de pruebas pueden solicitar los tribunales para acreditar la diligencia preventiva de la empresa?
Registros de formación, partes de entrega de EPIs, evaluaciones individuales de riesgos, actas de reuniones, informes médicos, revisiones periódicas...



