Sí. Según el RD 130/2017 y la LPRL, es obligatorio consultar y formar tanto a trabajadores propios como externos, cuando se elaboren o modifiquen los procedimientos de actuación preventiva.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



